Consejo Pastoral

MIEMBROS DEL CONSEJO PASTORAL PARROQUIAL

NOMBRES
REPRESENTACIÓN
TELÉFONO DOMICILIO

P. LUIS MAISTRELLO

PÁRROCO

2145035-39

JAVIER CERRUTO

COORDINADOR

2301564

OLGA SOFÍA JOFRÉ

SECRETARIA Y MOVIMIENTO BÍBLICO CATÓLICO

2424915

MARIA ISABEL LÓPEZ CHOQUE

VOLUNTARIOS SALESIANOS

2380473

RINA BELLOT

ASOCIACIÓN DE MARÍA AUXILIADORAj

2408596

EDITH BASCÓN

ASOCIACIÓN DE MARÍA AUXILIADORAm

2414200

ABEL AMONZABEL

MOVIMIENTO FAMILIAR CRISTIANO

2283209

AMPARO ZABALA

ORATORIO

2441863

MIGUEL ÁNGEL CRUZ

ESCOGE

70659278


MARÍA EUGENIA MERCADO

ADMAm

2222966

NORA DE ARÉVALO

TALLERES DE ORACIÓN Y VIDA

2282650

NELA DEL POZO

CONSULTORIO FAMILIAR

2440091

LILIAN LÓPEZ VIDELA

PROF. RELIGIÓN

2412650

JUAN PABLO GALVEZ

MONAGUILLOS

77765658

LYCO PAREDES

A. N. E.

2500295


GLADYS DE PERICÓN

GRUPO DE LA ADORACIÓN 2913510

MARÍA EUGENIA PAREDES

RADIO MARÍA 2783905

AIDA LUZ GODA

VICARÍA 2412650

MATÍAS Y AMBROSIA

NEOCATECÚMENOS 2752144

MÁXIMA

COOPERADORES  

MARÍA ESTHER SALGUERO

GRUPO LITÚRGICO 2431614

Identidad del Consejo Pastoral Parroquial

El Consejo Parroquial es expresión privilegiada del carácter comunitario de la Fe de la Iglesia. Es ámbito de participación activa en las inquietudes y necesidades pastorales. Y signo de corresponsabilidad de todos los bautizados en la misión de evangelizar el entorno parroquial.

En el C.P.P. deben estar representadas las distintas tareas pastorales y los diversos carismas eclesiales. Su cometido es estudiar, reflexionar y, por supuesto, rezar, las posibilidades reales de concretar, en el ámbito parroquial, las prioridades emanadas de la Iglesia Diocesana. El Consejo se convierte en lugar de escucha de las líneas diocesanas y se hace eco de las necesidades parroquiales. Debe discernir, indicar y sugerir las líneas de actuación, proponiendo el camino a seguir.

Las reuniones del C.P.P. se realizan todos los SEGUNDOS JUEVES de cada mes.

En este Consejo participan todos los animadores de las Comunidades que pertenecen a la Parroquia (Ver Comunidades) y todos los encargados de las Áreas Pastorales, junto al Párroco y su Vicario.

ESTATUTOS

I. DEFINICIÓN Y NATURALEZA

  1. El Consejo Pastoral Parroquial (CPP), es un órgano colegiado, de carácter consultivo, que, representando a toda la Comunidad Parroquial, promueve, potencia y dinamiza las tareas pastorales de la misma.
  2. Es un instrumento básico para vivir y ejercer la corresponsabilidad y para lograr la convergencia, complementariedad e integración de todas las fuerzas evangelizadoras de la Parroquia.
  3. Corresponde al CPP estudiar todo lo referente al trabajo pastoral, sopesarlo y sacar las conclusiones prácticas con objeto de promover la conformidad de vida y actos del Pueblo de Dios con el Evangelio (Ecclesiae Santae, 1, 16)

II. FINES Y FUNCIONES

  1. Su fin principal es la programación, animación, coordinación y revisión de la globalidad de la acción pastoral. Creará y fomentará las actividades pastorales que estime necesarias y convenientes. Estudiará aquellos asuntos que, referidos a la pastoral, pueda encomendarle nuestro Sr. Arzobispo o que le sean sugeridos por el Párroco.
  2. Son funciones propias del CPP:
    • Conocer y analizar de modo permanente la realidad del ámbito parroquial y buscar las respuestas pastorales más adecuadas.
    • Elaborar cada año, al principio, con la aportación de todos los grupos parroquiales, el plan general de la Parroquia y concretar el calendario, así como las modalidades para llevarlo a cabo.
    • Revisar al final del año, la acción pastoral realizada y el cumplimiento del plan general de la Parroquia teniendo en cuenta los objetivos pastorales preferentes de la Diócesis o de la Vicaría.
    • Promover, consolidar, fortalecer la Asamblea Parroquial, las Comunidades y los Grupos Apostólicos.
    • Coordinar sus actividades respetando su justa autonomía y animar su dimensión evangelizadora.
    • Desarrollar planes de formación permanente complementaria.
    • Elegir miembros idóneos que representen a la Parroquia en contactos o en acciones interparroquiales o de la Vicaría o de la Archidiócesis.

III. MIEMBROS

  1. El CPP se constituye y tiene duración según las normas de la Arquidiócesis o puede ser disuelto por razones graves.
  2. El CPP estará formado por miembros natos, elegidos y nombrados.

    A. Miembros natos:

    • 1. El Párroco,
    • El Rector y los Vicarios parroquiales,

    B. Miembros elegidos:

    Son los representantes de los principales sectores pastorales, comunidades, comunidades de vida consagrada o de vida apostólica insertas activamente en la Parroquia, asociaciones o movimientos apostólicos y otras instituciones de especial importancia para la Comunidad Parroquial.

    Los miembros elegidos serán los siguientes:

    1. Un coordinador/a y un secretario/a
    2. Un representante de cada una de las comunidades de vida consagrada (si las hubiere) integradas activamente en la Parroquia.
    3. Un representante de la catequesis de niños y jóvenes.
    4. Un representante por cada grupo.
    5. Un representante de la pastoral familiar.
    6. Un representante de liturgia y música.
    7. Un representante de cáritas parroquial.
    8. Un representante del Oratorio Don Bosco.
    9. Un representante de cada Comisión de la Parroquia (puede ser uno de los anteriores)

    C. Miembros nombrados

    El Párroco podrá nombrar directamente hasta tres miembros del CPP.

IV. FUNCIONAMIENTO

A. Presidencia

La presidencia del CPP corresponde, por derecho propio, al Párroco, al que compete igualmente:

  1. Convocar las reuniones con la debida antelación y orden del día.
  2. Proponer las cuestiones que deban tratarse.
  3. Aceptar las propuestas procedentes de los miembros del Consejo.

Si lo piensa oportuno, el Parroco puede delegar a miembro del CPP como coordinador.

B. Designación de miembros

  1. La designación de miembros del CPP ha de recaer sobre fieles cristianos, que sean adultos en la fe, que estén en comunión con la jerarquía, que destaquen por su madurez personal y por su espíritu de servicio, abiertos al diálogo, creativos y sensibles a los necesarios cambios, con experiencia de vida parroquial y que participen activamente en la vida de la Parroquia.
  2. Cada uno de los grupos parroquiales que existe o se cree en el futuro, elegirá libremente a su representante en el CPP.
  3. Los miembros elegidos son el enlace entre el CPP y su grupo. Deberán mantener un contacto fluido con sus componentes informándoles de los acuerdos, así como sentirse portavoz ante el Consejo de las sugerencias y propuestas de sus representados.

C. Secretario(a)

  1. Los miembros del Consejo han de escoger de entre ellos un/a Secretario/a. A éste corresponde:
    • Recibir sugerencias y temas a tratar en el Consejo.
    • Cursar las respectivas convocatorias para las reuniones del Consejo y de la Comisión Permanente.
    • Enviar, con la debida antelación, el orden del día de las reuniones.
    • Redactar las actas.
    • Archivar toda la documentación referente al CPP.

D. Reuniones

  1. El pleno del CPP se reunirá al menos una vez al mes, salvo necesidad o conveniencia de que se reúna con carácter extraordinario.
  2. Es deber de todos los miembros del CPP la asistencia puntual e íntegra a las reuniones y la participación en sus trabajos.
  3. El CPP, en cada reunión, tratará los temas contenidos en el orden del día. Cuando llegue el momento de asuntos varios podrán plantearse y tratarse ocasionalmente otros temas, contando con la aprobación de los miembros del Consejo.
  4. El/la Secretario/a redactará el Acta de cada reunión, donde constarán principalmente los acuerdos tomados. Al comienzo de cada reunión se leerá el borrador del Acta correspondiente a la reunión anterior, sometiéndola a la aprobación de los miembros del Consejo.

V. DIRECTORIO PARROQUIAL

Es un numero limitado de miembros del CPP que el Párroco llama para colaborarle más directamente en la pastoral de la Parroquia, especialmente cuando no haya tiempo para consultar al CPP.

Normalmente se reunirá una vez al mes para preparar el orden del día y todo el material referente la reunión ordinaria del CPP y todas las veces que el Párroco lo juzgará oportuno.

VI. COMISIÓN ECONÓMICA

Está formada por dos personas y colabora con el Párroco y su Vicario en los asuntos de carácter económico de la Comunidad. Se preocupa por una correcta administración de los bienes con un control de la parte contable y de las inversiones. Informa a la comunidad del movimiento económico y la hace corresponsable en las distintas inversiones de mayor impacto.