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Consejo Pastoral
MIEMBROS DEL CONSEJO PASTORAL PARROQUIAL |
NOMBRES |
REPRESENTACIÓN |
TELÉFONO DOMICILIO |
P. LUIS MAISTRELLO |
PÁRROCO |
2145035-39 |
JAVIER CERRUTO |
COORDINADOR |
2301564 |
OLGA SOFÍA JOFRÉ |
SECRETARIA Y MOVIMIENTO BÍBLICO CATÓLICO |
2424915 |
MARIA ISABEL LÓPEZ CHOQUE |
VOLUNTARIOS SALESIANOS |
2380473 |
RINA BELLOT |
ASOCIACIÓN DE MARÍA AUXILIADORAj |
2408596 |
EDITH BASCÓN |
ASOCIACIÓN DE MARÍA AUXILIADORAm |
2414200 |
ABEL AMONZABEL |
MOVIMIENTO FAMILIAR CRISTIANO |
2283209 |
AMPARO ZABALA |
ORATORIO |
2441863 |
MIGUEL ÁNGEL CRUZ |
ESCOGE |
70659278 |
MARÍA EUGENIA MERCADO
|
ADMAm |
2222966 |
NORA DE ARÉVALO |
TALLERES DE ORACIÓN Y VIDA |
2282650 |
NELA DEL POZO |
CONSULTORIO FAMILIAR |
2440091 |
LILIAN LÓPEZ VIDELA |
PROF. RELIGIÓN |
2412650 |
JUAN PABLO GALVEZ |
MONAGUILLOS |
77765658 |
LYCO PAREDES |
A. N. E.
|
2500295 |
GLADYS DE PERICÓN
|
GRUPO DE LA ADORACIÓN |
2913510 |
MARÍA EUGENIA PAREDES
|
RADIO MARÍA |
2783905 |
AIDA LUZ GODA
|
VICARÍA |
2412650 |
MATÍAS Y AMBROSIA
|
NEOCATECÚMENOS |
2752144 |
MÁXIMA
|
COOPERADORES |
|
MARÍA ESTHER SALGUERO
|
GRUPO LITÚRGICO |
2431614 |
Identidad del Consejo Pastoral Parroquial
El Consejo Parroquial es expresión privilegiada del carácter comunitario de la Fe de la Iglesia. Es ámbito de participación activa en las inquietudes y necesidades pastorales. Y signo de corresponsabilidad de todos los bautizados en la misión de evangelizar el entorno parroquial.
En el C.P.P. deben estar representadas las distintas tareas pastorales y los diversos carismas eclesiales. Su cometido es estudiar, reflexionar y, por supuesto, rezar, las posibilidades reales de concretar, en el ámbito parroquial, las prioridades emanadas de la Iglesia Diocesana. El Consejo se convierte en lugar de escucha de las líneas diocesanas y se hace eco de las necesidades parroquiales. Debe discernir, indicar y sugerir las líneas de actuación, proponiendo el camino a seguir.
Las reuniones del C.P.P. se realizan todos los SEGUNDOS JUEVES de cada mes.
En este Consejo participan todos los animadores de las Comunidades que pertenecen a la Parroquia (Ver Comunidades) y todos los encargados de las Áreas Pastorales, junto al Párroco y su Vicario.
ESTATUTOS
I. DEFINICIÓN Y NATURALEZA
- El Consejo Pastoral Parroquial (CPP), es un órgano colegiado, de carácter consultivo, que, representando a toda la Comunidad Parroquial, promueve, potencia y dinamiza las tareas pastorales de la misma.
- Es un instrumento básico para vivir y ejercer la corresponsabilidad y para lograr la convergencia, complementariedad e integración de todas las fuerzas evangelizadoras de la Parroquia.
- Corresponde al CPP estudiar todo lo referente al trabajo pastoral, sopesarlo y sacar las conclusiones prácticas con objeto de promover la conformidad de vida y actos del Pueblo de Dios con el Evangelio (Ecclesiae Santae, 1, 16)
II. FINES Y FUNCIONES
- Su fin principal es la programación, animación, coordinación y revisión de la globalidad de la acción pastoral. Creará y fomentará las actividades pastorales que estime necesarias y convenientes. Estudiará aquellos asuntos que, referidos a la pastoral, pueda encomendarle nuestro Sr. Arzobispo o que le sean sugeridos por el Párroco.
- Son funciones propias del CPP:
- Conocer y analizar de modo permanente la realidad del ámbito parroquial y buscar las respuestas pastorales más adecuadas.
- Elaborar cada año, al principio, con la aportación de todos los grupos parroquiales, el plan general de la Parroquia y concretar el calendario, así como las modalidades para llevarlo a cabo.
- Revisar al final del año, la acción pastoral realizada y el cumplimiento del plan general de la Parroquia teniendo en cuenta los objetivos pastorales preferentes de la Diócesis o de la Vicaría.
- Promover, consolidar, fortalecer la Asamblea Parroquial, las Comunidades y los Grupos Apostólicos.
- Coordinar sus actividades respetando su justa autonomía y animar su dimensión evangelizadora.
- Desarrollar planes de formación permanente complementaria.
- Elegir miembros idóneos que representen a la Parroquia en contactos o en acciones interparroquiales o de la Vicaría o de la Archidiócesis.
III. MIEMBROS
- El CPP se constituye y tiene duración según las normas de la Arquidiócesis o puede ser disuelto por razones graves.
- El CPP estará formado por miembros natos, elegidos y nombrados.
A. Miembros natos:
- 1. El Párroco,
- El Rector y los Vicarios parroquiales,
B. Miembros elegidos:
Son los representantes de los principales sectores pastorales, comunidades, comunidades de vida consagrada o de vida apostólica insertas activamente en la Parroquia, asociaciones o movimientos apostólicos y otras instituciones de especial importancia para la Comunidad Parroquial.
Los miembros elegidos serán los siguientes:
- Un coordinador/a y un secretario/a
- Un representante de cada una de las comunidades de vida consagrada (si las hubiere) integradas activamente en la Parroquia.
- Un representante de la catequesis de niños y jóvenes.
- Un representante por cada grupo.
- Un representante de la pastoral familiar.
- Un representante de liturgia y música.
- Un representante de cáritas parroquial.
- Un representante del Oratorio Don Bosco.
- Un representante de cada Comisión de la Parroquia (puede ser uno de los anteriores)
C. Miembros nombrados
El Párroco podrá nombrar directamente hasta tres miembros del CPP.
IV. FUNCIONAMIENTO
A. Presidencia
La presidencia del CPP corresponde, por derecho propio, al Párroco, al que compete igualmente:
- Convocar las reuniones con la debida antelación y orden del día.
- Proponer las cuestiones que deban tratarse.
- Aceptar las propuestas procedentes de los miembros del Consejo.
Si lo piensa oportuno, el Parroco puede delegar a miembro del CPP como coordinador.
B. Designación de miembros
- La designación de miembros del CPP ha de recaer sobre fieles cristianos, que sean adultos en la fe, que estén en comunión con la jerarquía, que destaquen por su madurez personal y por su espíritu de servicio, abiertos al diálogo, creativos y sensibles a los necesarios cambios, con experiencia de vida parroquial y que participen activamente en la vida de la Parroquia.
- Cada uno de los grupos parroquiales que existe o se cree en el futuro, elegirá libremente a su representante en el CPP.
- Los miembros elegidos son el enlace entre el CPP y su grupo. Deberán mantener un contacto fluido con sus componentes informándoles de los acuerdos, así como sentirse portavoz ante el Consejo de las sugerencias y propuestas de sus representados.
C. Secretario(a)
- Los miembros del Consejo han de escoger de entre ellos un/a Secretario/a. A éste corresponde:
- Recibir sugerencias y temas a tratar en el Consejo.
- Cursar las respectivas convocatorias para las reuniones del Consejo y de la Comisión Permanente.
- Enviar, con la debida antelación, el orden del día de las reuniones.
- Redactar las actas.
- Archivar toda la documentación referente al CPP.
D. Reuniones
- El pleno del CPP se reunirá al menos una vez al mes, salvo necesidad o conveniencia de que se reúna con carácter extraordinario.
- Es deber de todos los miembros del CPP la asistencia puntual e íntegra a las reuniones y la participación en sus trabajos.
- El CPP, en cada reunión, tratará los temas contenidos en el orden del día. Cuando llegue el momento de asuntos varios podrán plantearse y tratarse ocasionalmente otros temas, contando con la aprobación de los miembros del Consejo.
- El/la Secretario/a redactará el Acta de cada reunión, donde constarán principalmente los acuerdos tomados. Al comienzo de cada reunión se leerá el borrador del Acta correspondiente a la reunión anterior, sometiéndola a la aprobación de los miembros del Consejo.
V. DIRECTORIO PARROQUIAL
Es un numero limitado de miembros del CPP que el Párroco llama para colaborarle más directamente en la pastoral de la Parroquia, especialmente cuando no haya tiempo para consultar al CPP.
Normalmente se reunirá una vez al mes para preparar el orden del día y todo el material referente la reunión ordinaria del CPP y todas las veces que el Párroco lo juzgará oportuno.
VI. COMISIÓN ECONÓMICA
Está formada por dos personas y colabora con el Párroco y su Vicario en los asuntos de carácter económico de la Comunidad. Se preocupa por una correcta administración de los bienes con un control de la parte contable y de las inversiones. Informa a la comunidad del movimiento económico y la hace corresponsable en las distintas inversiones de mayor impacto.
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